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Prestaciones de Savica

Descripción del Servicio

Tramitar la solicitud de personas que han trabajado en el Gobierno Central y han sido canceladas, renunciantes, pensionados, jubilados o fallecidos. El objetivo es que se pueda gestionar el pago de las prestaciones de Savica.


Unidad de Atención

Sección de Archivo y Correspondencia de la Dirección Administrativa y Financiera.


Contactos:

Dirección: Av. México 45, Ensanche Gazcue, Apartado Postal 1475, Santo Domingo, D.N., República Dominicana.

Tel.: 809-682-3033, Ext. 2213
Fax: 809-689-5064
Portal: www.tesoreria.gob.do
Correo Electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.


Requerimientos para obtener el servicio:

Los requerimientos para esta certificación son los siguientes: 

Prestaciones por Cancelación, Renuncia o Jubilación por Antigüedad en el Servicio

  • Copia de cédula
  • Certificación original donde trabajaba
  • Depositarlo antes de 6 meses en la Tesorería Nacional.

Prestaciones por Invalidez

  • Copia de cédula
  • Certificación original donde trabajaba
  • Certificado Médico; firmado por tres (3) médicos de un Hospital Público y Sello del Hospital.
  • Depositarlo antes de 6 meses en la Tesorería Nacional.

Prestaciones por Fallecimiento

  • Seguro de Vida
  • Certificación original donde trabajaba
  • Acta de defunción legalizada
  • Carta de quien solicita el seguro de vida
  • Copia de Cédula quien solicita el seguro de vida

Procedimiento del servicio: 

La documentación requerida, debe ser depositada por el solicitante en la Sección de Correspondencia y Archivo de la Tesorería Nacional, donde se le entrega un recibo con la fecha en que el solicitante debe presentarse a las oficinas de SAVICA. 


Niveles del Servicio:

  • Dirigido a: Ciudadanía.
  • Vía de entrega: Presencial.
  • Tiempo de entrega: 15 días laborables.
  • Horario de servicio: lunes a viernes de 08:00 a.m. a 07:00 p.m.
  • Costo del servicio: Gratis.
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Reimpresión de Cheques

Descripción del Servicio

Servicio brindado a las Instituciones Públicas del Sector Publico No Financiero, para el reimpresión de cheques que presenten algún problema, tales como: pérdida o extravió del cheque, cheques deteriorados, cheques con fecha vencida y cheques con errores en los datos.


Unidad de Atención

Departamento Jurídico.


Contactos

Dirección: Av. México #45, Ensanche Gazcue, Apartado Postal 1475, Santo Domingo, D.N., República Dominicana.

Tel.: 809-682-3033, Ext.: 2406
Fax: 809-689-5064
Portal: www.tesoreria.gob.do

Correo Electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.


Requerimientos para obtener el servicio

Requerimientos para la confección de los cheques por pérdida, deterioro, vencimiento o error en los datos.

  • Carta de la institución de donde pertenece el cheque
  • Cédula de Identidad del beneficiario
  • Nombre y Apellidos
  • Monto del Cheque
  • Número de Cheque
  • Fecha de Emisión
  • Anexo del cheque deteriorado, vencido o con error (no aplica en caso de pérdida)

Procedimiento del servicio

Dirigirse a la institución que pertenece el pago e informar la condición del cheque (si fue extraviado, deteriorado, está vencido o tiene errores). La institución solicitará por escrito a la Tesorería Nacional la reimpresión de un cheque sustituto y, en caso de extravío, un impedimento de canje.

Nota: El cheque será reemitido por la Tesorería Nacional, si al momento de hacer la solicitud al Banco de Reservas, se determina que no ha sido canjeado. En caso de que el cheque haya sido canjeado, se entregara una copia del mismo a la persona interesada.


Niveles del Servicio:

  • Dirigido a: Instituciones del Sector Público no Financiero.
  • Vía de entrega: Presencial.
  • Tiempo de entrega: 24 a 72 horas laborables (no aplica en caso de pérdida).
  • Horario de servicio: lunes a viernes de 08:00 a.m. a 05:00 p.m.
  • Costo del servicio: Gratis.
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Registro y Modificación de Beneficiarios de Pago No Proveedores

Descripción del Servicio

Consiste en el registro o modificación de personas físicas/jurídicas o instituciones en las bases de datos para ser beneficiario de pagos, a pesar de no ser un proveedor del Estado, mediante una carta certificada.


Unidad de Atención

Dirección de Administración de Desembolsos.


Contactos

Dirección: Av. México #45, Ensanche Gazcue, Apartado Postal 1475, Santo Domingo, D.N., República Dominicana.

Tel.:809-682-3033, Ext.: 2407
Fax: 809-689-5064
Portal: www.tesoreria.gob.do

Correo Electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.


Requerimientos para obtener el servicio

Requerimientos para Registro de Beneficiarios de Pagos no Proveedores del Estado Dominicano

Requerimientos para Persona Física

Dominicano:

  1. Comunicación de solicitud dirigida al Tesorero Nacional.
  2. Formulario de Registro de Cuentas Bancarias de Beneficiarios (debidamente completado y firmado).
  3. Copia de la Cédula de identidad y electoral.
  4. Certificación Bancaria Original.

Extranjero:

  1. Comunicación de solicitud dirigida al Tesorero Nacional.
  2. Formulario de Registro de Cuentas Bancarias de Beneficiarios (debidamente completado y firmado).
  3. Copia del Pasaporte.
  4. Certificación Bancaria Original. 

Requerimientos para Persona Jurídica

Instituciones no Gubernamentales (ONG's):

  1. Comunicación de solicitud dirigida al Tesorero Nacional.
  2. Formulario de Registro de Cuentas Bancarias de Beneficiarios (debidamente completado y firmado).
  3. Certificación de Registro del Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD).
  4. Certificación Bancaria Original.
  5. Certificación de Impuestos al día de la DGII o copia del acta de inscripción del RNC (cuando tiene menos de un año de emitida).
  6. Copia de la Cédula de identidad y electoral de la máxima autoridad de la entidad.
  7. Copia Acta de Asamblea.

Instituciones Públicas:

  1. Comunicación de solicitud dirigida al Tesorero Nacional.
  2. Formulario de Registro de Cuentas Bancarias de Beneficiarios (debidamente completado y firmado).
  3. Certificación Bancaria Original.
  4. Certificación de Impuestos al día de la DGII o copia del acta de inscripción del RNC (cuando tiene menos de un año de emitida).
  5. Copia de la Cédula de identidad y electoral de la máxima autoridades la entidad.
  6. Copia del decreto de asignación de la máxima autoridad.

Cooperativas:

  1. Comunicación de solicitud dirigida al Tesorero Nacional.
  2. Formulario de Registro de Cuentas Bancarias de Beneficiarios (debidamente completado y firmado).
  3. Certificación Bancaria Original.
  4. Certificación de Impuestos al día de la DGII o copia del acta de inscripción del RNC (cuando tiene menos de un año de emitida).
  5. Copia de la Cédula de identidad y electoral de la máxima autoridad de la entidad.
  6. Certificación del Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOOP).
  7. Copia Acta de Asamblea.

Código Secuencial para Beneficiarios Extranjeros:

  1. Comunicación de solicitud dirigida al Tesorero Nacional.
  2. Formulario de Registro de Cuentas Bancarias de Beneficiarios (debidamente completado y firmado).
  3. Datos de la cuenta bancaria en el extranjero.
  4. Copia de acuerdo, convenio o factura que justifique el registro. 

SIGADE:

  1. Comunicación de solicitud dirigida al Tesorero Nacional.
  2. Formulario de Registro (debidamente completado, firmado y sellado).
  3. Datos de la cuenta bancaria en el extranjero. 

Requisitos para la Solicitud de Modificación de Beneficiarios de Pagos no Proveedores o Cambio de Cuentas Bancarias

Requerimientos para Persona Física o Persona Jurídica

  1. Comunicación de solicitud dirigida al Tesorero Nacional.
  2. Certificación bancaria (cuenta nueva)

Requisitos para la Certificación de Registro

  1. Solicitud de Certificación de Registro, dirigida al Tesorero Nacional.

Requisitos para la Solicitud de Código de Deducción

  1. Solicitud de Código de Deducción, emitida por la institución.
  2. El beneficiario el cual se va a enlazar la deducción debe estar registrado
  3. Especificar el concepto por el cual se solicita la deducción.

Procedimiento para obtener el servicio:

El beneficiario deberá descargar el Formulario e Instructivo de Registro y Modificación Cuentas Bancarias y completarlo con la información correspondiente. La institución que realiza el pago deberá enviar una comunicación de solicitud a la Tesorería Nacional, firmada por la máxima autoridad de la institución, incluyendo en la misma el detalle de los anexos descritos en los requisitos. La Tesorería Nacional procederá a realizar la modificación correspondiente de Beneficiarios de Pagos no Proveedores o Cambio de Cuentas Bancarias.


Notas:

  • Para los casos en la que firme un tercero, debe comprobarse por medio de Acta de Asamblea actualizada, Estatutos u otros documentos legales notariados, que tiene la calidad para proceder.
  • Para los registros temporales, la institución solicitante debe especificar en la comunicación la fecha estimada de realización del pago.
  • Los servidores públicos, no se registran porque no le es permitido suscribir contratos con el Estado, de acuerdo a la ley 41-08 de función pública Art. 80, Núm. 7.
  • Las certificaciones de impuestos, parte de la documentación a entregar, no deben exceder los 30 días de emitidas.
  • Para modificaciones de beneficiarios o cambios de cuenta bancaria, con menos de seis (6) meses de registrado, debe cumplir los requisitos para la modificación, no. 1, 2, 3, y 5.
  • Las instituciones sin fines de lucro, en caso de tener empleados, deberán anexar a sus expedientes certificaciones de la TSS, que muestren su situación como agentes de retención.
  • Toda documentación que se remita a esta Tesorería, debe ser en Original y una copia para acuse.
  • Para modificaciones de beneficiarios o cambios de cuentas bancarias de SIGADE, Crédito Publico debe expedir una comunicación justificando la modificación y cumplir con los requisitos de persona jurídica.
  • Las Cooperativas a registrar en Tesorería Nacional serán aquellas que se originan de los servidores públicos.

Niveles del Servicio:

  • Dirigido a: Instituciones Públicas, Ciudadanía y ONGs.
  • Vía de entrega: Presencial.
  • Tiempo de entrega: 48 a 72 horas laborables.
  • Horario de servicio: lunes a viernes de 08:00 a.m. a 04:00 p.m.
  • Costo del servicio: Gratis.

Descargar Formularios e Instructivos

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Certificación de Fianzas Aduanales

Descripción del Servicio

Es un permiso que otorga el Ministerio de Hacienda, para que los agentes aduanales puedan operar en los muelles y puertos de la República Dominicana. 


Unidad de Atención

Departamento Jurídico de la Tesorería Nacional. 


Contactos


Dirección: Av. México #45, Ensanche Gazcue, Apartado Postal 1475, Santo Domingo, D.N., República Dominicana.

Tel.: 809-682-3033, Ext.: 2260, 2263
Fax: 809-689-5064
Portal: www.tesoreria.gob.do

Correo Electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.


Requerimientos para obtener el servicio

Para obtener el servicio, el interesado debe remitir los siguientes documentos al Ministerio de Hacienda:

  • Carta de Remisión de Fianza proveniente de Hacienda
  • Póliza de Seguros
  • Fianza Aduanal
  • Copia de recibo de pago de impuesto de fianza aduanal
  • Copia de Resolución para Operar como fianza
  • Carta dirigida al Tesorero Nacional solicitando la certificación de la Fianza Aduanal.

Procedimiento del servicio

El interesado tendrá que depositar los documentos descritos en los requerimientos en el Ministerio de Hacienda. Luego, deberá ir al área de Correspondencia de la Tesorería Nacional y entregar una carta dirigida al Tesorero Nacional solicitando la certificación de la Fianza Aduanal. Luego de validar el expediente, la Tesorería Nacional emitirá la certificación al agente interesado, junto a una copia dirigida a la Dirección General de Aduanas (DGA).


Niveles del Servicio

  • Dirigido a: Ciudadanía.
  • Vía de entrega: Presencial.
  • Tiempo de entrega: 24 a 72 horas laborables.
  • Horario de servicio: lunes a viernes de 08:00 a.m. a 05:00 p.m.
  • Costo del servicio: Gratis.
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Gestión de Cuentas Bancarias del Sector Público no Financiero

Descripción del Servicio

Consiste en la apertura, cambio de firmas, cierre y modificación de las cuentas Bancarias del Sector Público no Financiero.


Unidad de Atención

Dirección de Normas y Coordinación de Tesorerías Institucionales.


Contactos

Dirección: Av. México #45, Ensanche Gazcue, Apartado Postal 1475, Santo Domingo, D.N., República Dominicana.

Tel.: 809-682-3033, Ext.: 2858
Fax: 809-689-5064
Portal: www.tesoreria.gob.do

Correo Electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.


Requerimientos para obtener el servicio

Apertura de Cuentas Bancarias

  • Solicitud de Apertura de Cuentas Bancarias.
  • Una (1) Tarjetas de Registro de Firmas (por firmantes asignados) requeridas para el Banco de Reservas, debidamente firmadas. En el caso del Banco Central u otros bancos Tres (3) Tarjetas de Registro de Firmas.
  • Copia de la cédula de identidad electoral.
  • Acta de inscripción del Registro Nacional de Contribuyente (RNC) de la institución.
  • Formulario de Registro de Cliente vinculado a Cuenta Gubernamental (autorizado y firmado).
  • Formulario FATCA (Foreign Account Tax Compliance Act), debidamente completado con la firma del Incumbente  y el sello institucional.
  • En el caso de las cuentas bancarias que sean para el manejo de recursos externos (préstamos o donaciones), deberá anexarse fotocopia del contrato del préstamo o del convenio de cooperación.
  • La solicitud de apertura de cuentas para el manejo de recursos especializados, provenientes de préstamos o donaciones, estarán acompañadas de una copia de la autorización de la fuente específica emitida por la Dirección General de Presupuesto (DIGEPRES), en adición a la documentación requerida para la apertura.

Modificación de Cuentas Bancarias

  • Para cambio de nombre de cuentas bancarias, se requiere la Carta de Solicitud del requerimiento.
  • Para la modificación en registro de firmas:
  • Carta de solicitud de modificación de registro de firmas.
  • Una (1) Tarjetas de Registro de Firmas requeridas para el Banco de Reservas, debidamente firmadas, por los asignados a firmar en la cuenta (cada cuenta a ser aperturada, necesita las 3 tarjetas de firmas, aunque las personas firmantes sean las mismas para las diferentes cuentas). En el caso del Banco Central u otros bancos Tres (3) Tarjetas de Registro de Firmas.
  • Copia de la cédula de identidad electoral y/o Pasaporte de los firmantes en la cuenta solicitada.
  • Formulario de cliente vinculado.

Cierre de Cuentas Bancarias

  • Solicitud de cierre de cuenta, dirigida a la Tesorería Nacional.
  • La cuenta no deberá presentar comisiones pendientes de pago.
  • La cuenta deberá estar conciliada en los registros de la institución solicitante.

Procedimiento          

Apertura de Cuentas Bancarias

Para realizar la apertura de cuentas bancarias, la institución solicitante deberá suministrar evidencia de la calidad legal que el titular ostenta para ejercer el cargo y remitir la solicitud del requerimiento, anexando los documentos mencionados. La Tesorería Nacional procederá a realizar el análisis de la solicitud, y en caso de que proceda, remitirá la solicitud de apertura aprobada a la entidad bancaria correspondiente a fin de que se realice la apertura. Luego de la apertura de la nueva cuenta y de recibir la información correspondiente por parte de la entidad bancaria, la Tesorería Nacional procederá a informar a la institución titular de la cuenta, los datos relativos a la cuenta bancaria.

Modificación de Cuentas Bancarias

Para realizar la modificación de cuentas bancarias, el interesado deberá remitir una Carta de Solicitud de cambio de nombre o modificación de registro de firmas de la cuenta bancaria a la Tesorería Nacional, quien procederá a realizar la tramitación de la solicitud al banco correspondiente.

Cierre de Cuentas Bancarias

Para realizar el cierre de cuentas bancarias, la institución solicitante deberá remitir la comunicación de solicitud firmada por el titular de la institución. La Tesorería Nacional realizará el análisis, y en caso afirmativo, remitirá la solicitud de cierre a la entidad bancaria correspondiente.


Niveles del Servicio

  • Dirigido a: Instituciones del Sector Público no Financiero
  • Vía de entrega: En línea.
  • Tiempo de respuesta: de 1 a 5 días laborables, dependiendo del tipo de asistencia técnica solicitada.
  • Horario de servicio: lunes a viernes de 08:00 a.m. a 04:30 p.m.
  • Costo del servicio: Gratis.

Formularios disponibles en el siguiente enlance: Formularios de registro

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